Declaración de no sujeción al IIVTNU (plusvalía)
GT.07.3
NO SE PRODUCE LA SUJECIÓN AL IMPUESTO POR:
- Extinción de condominio sobre bien indivisible.
- Inexistencia de incremento del valor real del inmueble.
GT.07.3
NO SE PRODUCE LA SUJECIÓN AL IMPUESTO POR:
GT.08
El derecho a la bonificación está regulado en el artículo 5 de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.).
La Generalitat, en cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Adicional 6ª del RD 989/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería, del Ministerio de la Presidencia del gobierno de España, de transposición de la Directiva 2007/CE, 23 de mayo del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la puesta en el mercado de artículos pirotécnicos, y en uso de sus competencias sobre cultura y espectáculos, habilita a disminuir las edades mínimas para el uso de los artificios de pirotecnia de las CATEGORÍAS 1 y 2 (equivalentes a las anteriores CLASE
1. El objeto del procedimiento:
El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de los PREMIS FALLES CIUTAT MISLATA 2025 a la mejor crítica y/o sátira local y a la necesidad de promover la igualdad entre mujeres y hombres y la prevención de la violencia de género.
2. Documentación que hay que aportar:
El boceto con la explicación del monumento y de la escena que concurre al premio, junto con la solicitud.
3. Tasas o precios públicos: 0.
4. Formas de pago: no hay.
1. Objeto del procedimiento
El objeto de la presente convocatoria es la ayuda económica para el fomento de la actividad fallera con el siguiente detalle de ayudas a otorgar:
En este caso se trata del fomento y apoyo de la construcción de los monumentos falleros.
2. Documentación a aportar
Las facturas del monumento subvencionado, que deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Objeto del procedimiento
El objeto de la presente convocatoria es la ayuda económica para el fomento de la actividad fallera con el siguiente detalle de ayudas a otorgar:
En este caso se trata del ayudas económicas para la instalación de iluminación artística.
2. Documentación a aportar
Las facturas del monumento subvencionado, que deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Objeto del procedimiento
El objeto de la presente convocatoria es la ayuda económica para el fomento de la actividad fallera con el siguiente detalle de ayudas a otorgar:
En este caso se trata de contribuir a garantizar la seguridad de la actividad lúdica festiva que se realizan durante el periodo fallero mediante la suscripción de las pólizas de seguro de Responsabilidad Civil, y de Accidentes, al amparo de la legislación vigente en materia de manifestaciones festivas tradicionales, especialmente en las actividades pirotécnicas.
1. Objeto del procedimiento
El objeto de la presente convocatoria es la ayuda económica para el fomento de la actividad fallera con el siguiente detalle de ayudas a otorgar:
En este caso se trata de ayudas con motivo de actividades realizadas por actos conmemorativos del 50, 75 o 100 aniversario de la fundación de la comisión
2. Documentación a aportar
Las facturas escaneadas originales deberán reunir los siguientes requisitos:
El alcalde y el subdelegado del Gobierno han copresidido la Junta Local de Seguridad donde se han abordado y comunicado los protocolos y dispositivos de las próximas fiestas populares
Inscripciones: Cerradas. Inicio de la formación: 4 de septiembre de 2025
Inscripciones: del 8 al 10 de septiembre. Listados admitidos: 12 de septiembre. Pago de tasas: del 15 al 17 de septiembre de 2025
Ampliación horario hasta el 7 de septiembre
Resolución Adjudicación de autorización de food truks
Campaña de difusión por alerta ante la detección de valores elevados de niveles de Ozono troposférico
Solicitudes hasta el 12 de agosto de 2025