Plazo de presentación de solicitudes: del 20 de octubre al 20 de noviembre de 2025
Procedimiento de adjudicación de autorización de uso de huertos urbanos sitos en la Partida del Quint, por un período de dos años, con posibilidad de prórroga, en los términos establecidos y de conformidad con la Ordenanza de Huertos Urbanos (es importante su consulta antes de presentar la solicitud).
Plazo de presentación de solicitudes: del 20 de octubre al 20 de noviembre de 2025
ANUNCIO
1.- Entidad convocante.
a) Organismo: Ayuntamiento de Mislata.
b) Dependencia: Servicio de Patrimonio(Huertos urbanos).
2.- Objeto de la convocatoria.
El objeto de la convocatoria es la presentación de solicitudes para la adjudicación del uso de huertos urbanos, aprobada por Resolución de la Alcaldía nº 4241, de fecha 14 de octubre de 2025.
3. Obtención de documentación e información.
La documentación e información se podrá obtener a través de la oficina virtual ubicada en la página web del Ayuntamiento de Mislata (www.mislata.es) en la pestaña de Patrimonio (tramite on line: PAT.187. Solicitud de huertos urbanos).
El pago de la fianza de 100 euros se realizará en la siguiente página (GESTIÓN TRIBUTARIA: LISTADO DE AUTOLIQUIDACIONES: 18. TASA HUERTOS URBANOS): https://etributa.mislata.es/autoliquidaciones_mislata/home
Del mismo modo, la convocatoria se publicará en la página web (www.mislata.es) y en el Tablón de edictos del Ayuntamiento de Mislata.
4. Presentación de solicitudes.
- En oficina virtual ubicada en la página web del Ayuntamiento de Mislata en la pestaña de Patrimonio (trámite telemático: PAT.187. Solicitud de huertos urbanos).
- En la Oficina de Atención al Ciudadano (con cita previa), o en cualquiera de los registros del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo comenzará el día 20 de octubre de 2025 y finalizará el 20 de noviembre de 2025, ambos inclusive.
CONDICIONES DE LOS PETICIONARIOS
Para poder acceder a la solicitud del uso de los huertos se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser, actualmente, vecino/a de Mislata, estando inscrito en el padrón municipal al menos con una antigüedad de cinco años.
- Estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias municipales.
- Comprometerse a realizar los trabajos agrícolas personalmente.
Independientemente de lo anterior, el Ayuntamiento reservará parcelas para el uso por el alumnado de centros de enseñanza pública ubicados en Mislata, que así lo soliciten.
PROHIBICIONES PARA SER BENEFICIARIO
- Pertenecer a una unidad familiar en la que haya otro usuario de estos huertos.
- Haber sido privado del uso de un huerto por incumplimiento de estas normas.

