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Enviado por admin el Jue, 16/12/2021 - 09:27
Plan Social de Formación para postgraduados de educación superior de Mislata 2019
Resumen

Listado de baremación definitiva y Listado de becarios BENEFICIARIOS Y RESERVAS. Plazo para presentar documentación: 3 de mayo de 2019

Cuerpo
 

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de 30 becas de prácticas formativas destinadas a postgraduados titulados de educación supuerior (grado, diplomado, máster, licenciado o doctor) y ciclos formativos de grado superior, a realizar en alguna de las dependencias de este Ayuntamiento, pertenecientes a las áreas de actividad que a continuación se detallan, para facilitar el acceso al mercado laboral y favorecer su desarrollo socio-profesional, debiendo cumplir todos y cada uno de los requisitos indicados en esta convocatoria.

Departamentos Ayuntamiento:

- Biblioteca
- Comercio
- Consumo
- Contratación
- Cultura
- Deporte
- Industria
- Infancia
- Informática
- Intervención
- Juventud
- Medio Ambiente
- Mujer
- Personal
- Promoción Económica y Empleo (ADL)
- Promoción Valenciano
- Sanidad y Patrimonio
- Secretaría
- Servicios Sociales
- Tercera edad
- Tesorería
- Urbanismo.

La duración máxima de las becas será de tres meses, con una jornada laboral a tiempo parcial equivalente al 70%.
Cada una de las becas está dotada con un importe de 600 euros brutos mensuales a abonar al finalizar la beca, siendo financiadas íntegramente por el Ayuntamiento de Mislata.

REQUISITOS:

Las becas objeto de esta convocatoria se adjudicarán mediante concurrencia competitiva entre las personas aspirantes a las mismas, que reúnan los siguientes requisitos, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes y lo acrediten documentalmente:

1.- Estar empadronado en Mislata, con una antigüedad de al menos dos años, a la fecha de fin  presentación de solicitudes.  

2.- Edad: De 18 a 30 años, ambas edades incluidas.

3.- Estar en posesión de título oficial universitario de diplomado, licenciado, grado, máster, doctor o ciclo formativo de grado superior, expedidos u homologados por las autoridades españolas correspondientes, que habilite a la realización de actividades profesionales en alguna de las áreas de actividad incluidas en el Plan y que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización de los estudios correspondientes. Dicho plazo se interrumpirá si la persona candidata se encuentra realizando algún curso de postgrado, doctorado o máster vinculado a las especialidad objeto de la beca (en caso de duda será la Comisión de valoración quien determine la idoneidad de la persona candidata). 

4.- No concurrir en ninguna circunstancia que impida al interesado el normal desempeño de las prácticas profesionales, padecer enfermedad o discapacidad que impida el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la concesión y el normal desarrollo de las prácticas profesionales. 

5.- No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo que se acreditará mediante declaración responsable o a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 13.7 de dicha Ley y artículos concordantes de su Reglamento.

6.- No estar disfrutando de otra beca o ayuda de la misma o análoga finalidad, así como no desarrollar una actividad laboral durante el periodo de disfrute de la beca, lo que se acreditará mediante declaración responsable en la solicitud de inscripción en el programa de prácticas.

El periodo de disfrute de las becas se realizará en dos turnos de 15 becas cada uno, según el siguiente detalle:

- Primer turno: con inicio una semana después de la publicación del listado de beneficiarios de estas becas, en la web municipal y Tablones de Anuncios.
- Segundo turno: del 1 de septiembre al 30 de noviembre de 2019.

Teniendo en cuenta que la designación de los turnos será por riguroso orden de puntuación (de mayor a menor) y que únicamente podrá variar la designación realizada, cuando sea posible coordinar las solicitudes de cambios de turno efectuadas por los becarios, en su caso, que se concederán asimismo por orden de puntos.

Presentación de solicitudes:

Además de las formas y lugar de presentación de solicitudes (Anexo II), indicados en la Base Cuarta de las bases reguladoras de esta convocatoria:
- Preferentemente en Registro ADL, C/ Antonio Aparisi núm. 4 de Mislata. De lunes a viernes. De 8:30 a 14 horas.
- Registro General del Ayuntamiento, Plaza Constitución, 8 de Mislata.

 Las personas interesadas podrán presentar también su solicitud a través de la SEDE ELECTRÓNICA (https://mislata.sedipualba.es) de este Ayuntamiento utilizando el modelo de instancia general, Servicio: Agencia de Desarrollo Local (ADL), con referencia al contenido del documento que se registra "Plan Social de Formación (becas)" acompañando toda la documentación justificativa correspondiente a requisitos y baremo, detallada en las respectivas Bases Reguladoras.

Plazo de alegaciones a los listados provisionales de solicitudes admitidas y excluidas: días 18 y 23 de abril de 2019.

Plazo de reclamaciones al listado provisional de baremación de aspirantes: días 26 y 30 de abril de 2019.

Plazo para presentar documentación: 3 de mayo de 2019.

 

Reunida en fecha 2 de Mayo del actual, la Comisión de Valoración del Plan Social de Formación del Ayuntamiento de Mislata 2019, para la concesión de 30 becas de prácticas formativas destinadas a jóvenes postgraduados de educación superior de Mislata, una vez transcurrido el plazo de reclamaciones del listado de baremación provisional, establecido en la Base Sexta de las reguladoras de esa convocatoria ydesestimadas las dos reclamaciones presentadas con Registro de Entrada de su solicitud de beca y reclamación, que seguidamente se detallan:

 

SOLICITUD

RECLAMACIÓN

2019007784

2019008506

2019007843

2019008598

Es por lo que, se procede a publicar el LISTADO DE BAREMACIÓN DEFINITIVA de aspirantes seleccionados y reservas del Plan Social de Formación de Mislata 2019, siendo el periodo de disfrute en dos turnos de 15 becas cada uno, según el siguiente detalle:

- Primer turno: del 7 de mayo al 6 de agosto de 2019
- Segundo turno: del 1 de septiembre al 30 de noviembre de 2019

Teniendo en cuenta lo dispuesto en la respectiva Base Segunda, la designación de los turnos será por riguroso orden de puntuación(de mayor a menor), es decir, los 15 primeros becarios seleccionados por orden de prelación, se les asigna el primer turno, y los 15 becarios seleccionados siguientes, el segundo turno; únicamente podrá variar la designación realizada, cuando sea posible coordinar las solicitudes de cambios de turno efectuadas por los becarios, si las hubiera, que se concederán así mismo por orden de puntos.

Debiendo para ello personarse los -30- aspirantes seleccionados, beneficiarios de estas becas, en la Agencia de Desarrollo Local de este Ayuntamiento, situada en la C/ Antonio Aparisi núms. 4-6 de Mislata, mañana viernes día 3 de Mayo del actual, en horario de 8:30 a 14 h., para presentar la siguiente documentación(modelos adjuntos):

- Aceptación beca y disponibilidad, con indicación de turno de preferencia
- Ficha de datos personales
- Modelo 145 (IRPF)
- Fotocopia D.N.I. y número de afiliación a la Seguridad Social (como titular no como beneficiario).
 

Más información en las bases y documentación de la convocatoria

DOCUMENTACIÓN ASOCIADA
Listado de becarios BENEFICIARIOS Y RESERVAS PSF2019.pdf
Listado de baremación definitiva.pdf
Aceptación Beca.pdf
Ficha de datos personales.pdf
Modelo 145 (IRPF), comunicación de datos al pagador.pdf
Listado provisional de baremación de aspirantes.pdf
Listados provisionales de solicitudes admitidas y excluidas.pdf
Anuncio BOP 05/04/2019 extracto de la convocatoria.pdf
Anuncio BOP 26/03/2019 Bases reguladoras.pdf
Anexo I. Autorización y Anexo II. Solicitud.pdf

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