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  5. Ocupación de vía pública por materiales de construcción (sin corte de calle)
Enviado por dgarcia el Mié, 04/09/2024 - 08:58
Ocupación de vía pública por materiales de construcción (sin corte de calle)
Cuerpo

1. El objeto del procedimiento:
Expedir y obtener licencia o autorización de ocupación de la vía pública, sin corte de calle, para el emplazamiento de los siguientes elementos:

  • Andamios/caballetes de hasta 2.00 mts de plataforma de trabajo, para actuaciones en fachada de planta baja.
  • Materiales de Construcción.
  • Vehículos relacionados con obras: Grupos electrógenos, camiones cuba, carga y/o descarga de materiales de construcción, etc...
  • Marquesina de protección en trabajos realizados desde el interior del edificio (Ejem. sustitución de carpintería exterior).
  • Vallados de obra.
  • Otras ocupaciones relacionadas con obras.

Si la ocupación de vía pública precisase de corte del tráfico en el víal, el interesado deberá tramitar la solicitud la correspondiente a corte de calle.

2. Requisitos: 

  • Ser interesado en el procedimiento.
  • Acreditar las circunstancias a las que se refiere la solicitud.

3. Documentación que hay que aportar: 

  • Solicitud de Ocupación de la vía pública.
  • Copia del documento que identifique al solicitante y a su representante, en su caso, incluyendo la acreditación de tal capacidad.
  • Plano o croquis de planta viaria y situación de la OVP solicitada, acotando acera y calzada y longitud y anchura de la ocupación solicitada con indicación de su superficie.  
  • Autoliquidación y Justificante del pago de la tasa de ocupación de vía pública.

4. Tasas o precios públicos:
Tasa por ocupación del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública.

5. Formas de pago:
Por autoliquidación mediante:

  • Ingreso efectivo en las oficinas de las entidades bancarias siguientes: Caixa popular, Coop. Cdto. Val., BBVA, Banco de Santander, Ibercaja, Cajamar, Kutxa Bank, Banco Sabadell, Caixabank.
  • El pago efectivo en la máquina automática sita en la Casa de la Vila de este municipio.
  • El pago online, en la web del Ayuntamiento de Mislata.

6. Normativa:

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
  • Reglamento de Bienes de las Entidades locales.
  • Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública.
  • Ordenanza municipal de movilidad.

7. Resolución:

  • Órgano que resuelve: Alcaldía.
  • Plazo para resolver: Tres meses.

8. Silencio administrativo:
Negativo.
Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta de la administración la solicitud quedará resuelta de forma negativa para el solicitante.

9. Forma de presentación: 
El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Horario ordinario, 8 a 14 horas, días hábiles de lunes a viernes. Los días hábiles 18 de marzo y 24 y 31 de diciembre, 9 a 13 horas (excepto sábados, domingos o festivos).
Horario de verano: desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre, los dos incluidos, el horario será de 8 a 13.30 horas, días hábiles de lunes a viernes.

10. Observaciones:

  • Este expediente no se aplica a la ocupación que precisa de un corte de calle.
  • La Ordenanza Municipal de Movilidad Urbana establece en su artículo 20 punto 4 que, los gastos generados por la retirada de los vehículos que hubieran estacionado con anterioridad a la ubicación de la señalización de la ocupación de la vía pública (señalización realizada según las condiciones de la citada ordenanza), correrán por cuenta de la persona peticionaria de la misma.


 

Link Tramite
https://mislata.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=18192

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