Pasar al contenido principal
  •  SEDE ELECTRÓNICA
  •  OFICINA VIRTUAL
  •  CITA PREVIA
  • Castellano
  • Valencià

Presentación del alcalde

  • Castellano
  • Valencià
© 2022 - Ajuntament de Mislata, logo

Mislata

  • Inicio
  • Ayuntamiento
    • Presentación del alcalde
    • Junta de gobierno
      • Composició i competències
      • Tenientes de alcalde
      • Extractos de las actas
    • Pleno
      • Competencias y organización del Pleno
      • Miembros del Pleno
      • Grupos políticos municipales
      • Junta de portavoces
      • Órdenes del día
      • Actas
      • Mociones
    • Equipo de gobierno
      • Áreas de gobierno
      • Delegaciones
    • Servicios y Departamentos
    • Edificios y dependencias municipales
  • Administración
    • Oficina Virtual
      • Agencia de Desarrollo Local
      • Asociaciones
      • Bienestar social
      • Comercio
      • Cultura
      • Educación
      • Deportes
      • Fiestas
      • Gestión tributaria
      • Industria. Actividades y licencias.
      • Intervención
      • Juventud
      • La Fàbrica
      • Mercados
      • Obras y servicios
      • Oficina de atención a la ciudadania
      • Oficina Municipal de Información al Consumidor OMIC
      • Padrón de habitantes
      • Pago Online de Tributos y Tasas Municipales
      • Patrimonio
      • Policía
      • Políticas de igualdad
      • Recursos humanos
      • Sanidad
      • Secretaría
      • Solicitud de asesoramiento jurídico en materia de desahucios
      • Tesorería
      • Tramitación electrónica de facturas
      • Transparencia
      • Urbanismo
      • Vehículos
    • Transparencia
      • Organización política
      • Organización administrativa
      • Información jurídica y patrimonial
      • Contratos, convenios y subvenciones
      • Información económica y financiera
      • Información urbanística y medioambiental
    • Subvenciones
      • Convocatorias de subvenciones en tramitación
      • Subvenciones 2025
      • Subvenciones 2024
      • Subvenciones 2023
      • Subvenciones 2022
      • Subvenciones 2021
      • Subvenciones 2020
      • Subvenciones 2019
      • Subvenciones 2018
      • Subvenciones 2017
      • Subvenciones 2016
      • Subvenciones 2015
      • Normativa y regulación
      • Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones
    • Convenios
      • 2025
      • 2024
      • 2023
      • 2022
      • 2021
      • 2020
      • 2019
      • 2018
      • 2017
      • 2016
      • 2015
      • 2011
    • Ordenanzas
      • Ordenanzas de Secretaría
      • Ordenanzas Fiscales
      • Ordenanzas de Tesorería
    • Plataforma de contratación del Estado
    • Cita Previa Servicios
      • Solicitud de cita
      • Cancelación Cita Previa
      • Consulta/Edición de Cita Previa
    • Integridad y Buen Gobierno
  • Infórmate
    • Noticias
    • Agenda
      • Histórico de agenda
    • Tablón de anuncios
    • Vídeos
    • Galeria de imágenes
    • Ciudad de Mislata
    • Sondeo de Opinión Ciudadana
    • Predicción Meteorológica
    • Teléfonos de interés
    • Protección de datos
      • Política de Privacidad
      • Registro de Actividades de Tratamiento
      • Ejercicio de derechos en protección de datos de carácter personal
      • Política de seguridad de la información
  • Asociaciones
    • Culturales
    • Mujeres
    • Deportivas
    • Educativas
    • Fallas
    • Fiestas
    • Juveniles
    • ONGs
    • Personas mayores
    • Profesionales
    • Vecinales
    • Otras
  • Otras Webs
  • SEDE ELECTRÓNICA
  • CITA PREVIA
  • OFICINA VIRTUAL

Ruta de navegación

  1. Inicio
  2. Administración
  3. Oficina Virtual
  4. Cultura
  5. Convocatoria ayudas a asociaciones culturales
Enviado por admin el Jue, 02/12/2021 - 15:46
Convocatoria ayudas a asociaciones culturales
Cuerpo

1. El objeto del procedimiento:
Concesión de ayudas económicas y subvenciones con destino a las asociaciones culturales de Mislata 2024-2025 para contribuir a la financiación del funcionamiento ordinario de sus sedes sociales y de los programas y actividades culturales y desplazamientos de carácter cultural efectuados por las mismas entre el 01 de octubre del 2024 y el 30 de septiembre del 2025.
    
2. Documentación que hay que aportar:

  • Solicitud telemática.
  • Memoria económica de gastos de funcionamiento ordinario de la entidad para los cuales se solicita subvención.
  • Facturas o documentación justificativa que acrediten el gasto realizado y para el cual se solicita subvención en concepto de gastos de funcionamiento ordinario de la entidad
  • Relación de colaboraciones o actuaciones gratuitas efectuadas a reque-rimiento del ayuntamiento de Mislata entre el 01 de octubre del 2024 y el 30 de septiembre del 2025 y no sujetas a ningún tipo de ayuda o de subvención.
  • Memoria técnica de cada una de las actividades o programas culturales ejecutados entre el 01 de octubre del 2024 y el 30 de septiembre del 2025, para los cuales se solicita subvención.
  • Facturas o documentación justificativa que acrediten el gasto realizado y para el cual se solicita subvención en concepto de gastos asociados al desarrollo de las actividades y programas ejecutados.
  • Carteles, programas y folletos de las actividades y programas ejecutados entre el 01 de octubre del 2024 y el 30 de septiembre del 2025.
  • Memoria técnica del desplazamiento efectuado entre el 01 de octubre del 2024 y el 30 de septiembre del 2025, para el cual se solicita subvención.
  • Memoria económica del desplazamiento para el cual se solicita subvención. Facturas o documentación justificativa que acrediten el gasto reali-zado para el cual se solicita subvención en concepto de gastos de des-plazamiento por participación en un evento cultural a más de 60 Km de distancia. 
  • Balance detallado de la entidad (bienes) e ingresos y gastos previstos para 2025.
  • Declaración responsable, suscrita por el representante legal de la entidad, de que la documentación justificada aportada no ha sido utilizada para justificar ninguna otra ayuda o subvención concedida para el mismo concepto, o, en caso de haberlo hecho, indicando la subvención para cuya justificación ha sido presentada y el porcentaje de imputación a dicha subvención.
  • Declaración responsable del representante legal de la entidad de que los documentos justificativos presentados se corresponden con documentos auténticos y originales. 

3. Tasas o precios públicos: 0.

4. Cuantía y forma de pago: 
La cuantía máxima de ayuda o subvención a conceder a cada beneficiario dentro del  módulo I (financiación del funcionamiento ordinario de las sedes sociales)  no podrá exceder el 100% del presupuesto justificado a tal efecto.
La cuantía máxima de ayuda o subvención a conceder a cada beneficiario dentro del módulo II financiación de los programas y actividades ejecutados) no podrá exceder el 100% del presupuesto justificado en los programas de actividades culturales presentados. 
La cuantía máxima de ayuda o subvención a conceder a cada beneficiario dentro del módulo III financiación de los desplazamientos por participación en eventos culturales efectuados a más de 60Km. no podrá exceder el 100% del presupuesto justificado en los programas de actividades culturales presentados. 
Individualmente consideradas la cuantía resultante de las ayudas que se obtengan para la realización de una actividad o programa concretos dentro del Módulo II y, una vez aplicados los criterios de baremación no podrá superar los 1.200,00 €/ actividad, correspondiendo al beneficiario financiar a su cargo la parte del presupuesto que excediera la ayuda para la realización de la actividad concedida.
La cantidad global que en concepto de subvención pudiera percibir una asociación para el desarrollo de todas las actividades y programas ejecutados para los cuales se solicita subvención no podrá rebasar el 36% del límite presupuestario dispuesto por el Ayuntamiento en el apartado 4.2. de la base cuarta.
Individualmente consideradas la cuantía resultante de las ayudas que se obtengan para la realización de una actividad o programa concretos dentro del Módulo III y, una vez aplicados los criterios de baremación no podrá superar los 963,30 €/ desplazamiento, correspondiendo al beneficiario financiar a su cargo la parte del presupuesto que excediera la ayuda para la realización de la actividad concedida.  Únicamente podrá ser financiado un desplazamiento por asociación. 
Independientemente de los puntos que una actividad o programación cultural pudiesen obtener en su baremación, los límites económicos máximos que podrá conceder el Ayuntamiento de Mislata para el desarrollo de conciertos regulares de música o canto coral se regirán por lo dispuesto en la base octava de la convocatoria. 
El pago de la subvención se realizará previa justificación, por el beneficiario, de los gastos asumidos en concepto de mantenimiento de las sedes sociales, como de los gastos realizados por la ejecución de las actividades, proyectos o desplazamientos incluidos en la solicitud presentada por los que obtenga alguna puntuación en la baremación efectuada. La justificación se realizará de acuerdo con lo estipulado en las bases reguladoras novena y decimotercera de la convocatoria.
 

5. Normativa:

  • Ley General de subvenciones, ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • RD 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la LGS.
  • Plan estratégico de subvenciones Ayuntamiento de Mislata.
  • BEP Ayuntamiento de Mislata.
  • Convocatoria.

6. Resolución:
La resolución de concesión de las subvenciones deberá dictarse en el plazo máximo de seis meses, plazo que se computará a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. 

7. Silencio administrativo:
Artículo 25.5 de la LGS “El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a las personas interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención”.

8. Forma y plazo de presentación: 
En línea: Las solicitudes se presentarán en el trámite correspondiente en la sede electrónica municipal en la sección “Trámites” de la página web municipal (https:/www.mislata.es/administracio/oficina-virtual), no admitiéndose las solicitudes presentadas por otros medios.
Tanto la solicitud de subvención como el resto de documentación que se haya de presentar deberán estar firmados electrónicamente con el certificado digital propio de la entidad solicitante o el de la persona física que la represente.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, y finalizará el día 17 de octubre de 2025 (inclusive).

Link Tramite
https://mislata.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=13828
Fecha Inicio
07-07-2025
Fecha Final
17-10-2025
DOCUMENTACIÓN ASOCIADA
INT.139 Memoria económica.pdf

VOLVER

© 2022 - Ajuntament de Mislata, logo

© 2022 - Ajuntament de Mislata
Plaça de la Constitució, 8
46920 Mislata
P4617100E

  • Aviso legal
  • Protección de datos
  • Mapa web
  • Contactar
  • Intranet
telefono
Llámanos al 963991100
email
correuciutada@mislata.es

 

xhtml_0_1css_1taw