Plazo de presentación de solicitudes: pendiente de la publicación del extracto de la convocatoria
OBJETO
Regular el procedimiento y requisitos para la concesión directa de ayudas económicas en materia de transporte a las personas físicas residentes en el municipio de Mislata en la zona de la Avda. de la Paz y Adyacentes para facilitarles el desplazamiento desde sus domicilios hasta sus lugares de trabajo, estudio y ocio.
REQUISITOS
- Estar empadronado a fecha 28 de octubre de 2024 en la Avenida de la Paz y calles adyacentes del municipio de Mislata. El certificado de empadronamiento se comprobará de oficio.
- DNI, NIE, Permiso de Residencia y/o trabajo, Pasaporte, cédula de inscripción, asilo, etc. de la persona solicitante de la ayuda.
- Ficha de mantenimiento de terceros de la persona solicitante (modelo TES.026: https://www.mislata.es/es/administracion/oficina-virtual/tesoreria). La persona titular de la cuenta bancaria deberá ser la persona solicitante, la cual deberá disponer de DNI/NIE.
- En caso de no presentar la solicitud la persona solicitante, el/la representante deberá aportar la autorización correspondiente firmada por ambas, adjuntando la copia del DNI/NIE de la persona que autoriza y el DNI/NIE/Pasaporte original de la persona autorizada. (Modelo SOC.108).
PLAZO Y LUGAR DE SOLICITUD
1.- Lugar y forma de presentación:
PRESENCIALMENTE: La persona interesada podrá presentar la solicitud acompañada de la documentación preceptiva, PREVIA CITA, en:
- Prioritariamente: Centro Cívico (Pl. Alaquàs, 6)
- Centros Municipales de Servicios Sociales.
- Registro General de Entrada del Ayuntamiento.
También, podrán presentarse en cualquier registro u oficinas determinadas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En estos casos deberán comunicase.
TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA: (Con certificado digital, Cl@ve PIN o cuenta de correo electrónico, en los dos últimos casos, deberá firmar en el Registro municipal con posterioridad en un término máximo de 10 días naturales): Para la presentación de las solicitudes, y en cumplimiento del artículo 14 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas físicas podrán elegir en todo momento la presentación de las solicitudes por medios electrónicos o no.
La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, https://mislata.sedipualba.es/
2.- Plazo de solicitudes:
Quince días hábiles, a contar desde el inmediato día hábil siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria.
La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido será causa de inadmisión.
Más información en las bases reguladoras y documentación de la convocatoria.

