Plazo de presentación de solicitudes: del 1 al 23 de octubre de 2026
OBJETO
Regular el procedimiento y requisitos para la concesión directa de ayudas económicas en materia de transporte a las personas físicas residentes en el municipio de Mislata en la zona de la Avda. de la Paz y Adyacentes para facilitarles el desplazamiento desde sus domicilios hasta sus lugares de trabajo, estudio y ocio.
REQUISITOS
- Estar empadronado a fecha 28 de octubre de 2024 en la Avenida de la Paz y calles adyacentes del municipio de Mislata. El certificado de empadronamiento se comprobará de oficio.
- DNI, NIE, Permiso de Residencia y/o trabajo, Pasaporte, cédula de inscripción, asilo, etc. de la persona solicitante de la ayuda.
- Ficha de mantenimiento de terceros de la persona solicitante (modelo TES.026: https://www.mislata.es/es/administracion/oficina-virtual/tesoreria). La persona titular de la cuenta bancaria deberá ser la persona solicitante, la cual deberá disponer de DNI/NIE.
- En caso de no presentar la solicitud la persona solicitante, el/la representante deberá aportar la autorización correspondiente firmada por ambas, adjuntando la copia del DNI/NIE de la persona que autoriza y el DNI/NIE/Pasaporte original de la persona autorizada. (Modelo SOC.108).
PLAZO Y LUGAR DE SOLICITUD
1.- Lugar y forma de presentación:
PRESENCIALMENTE: La persona interesada podrá presentar la solicitud acompañada de la documentación preceptiva, PREVIA CITA, en:
- Prioritariamente: Centro Cívico (Pl. Alaquàs, 6)
- Centros Municipales de Servicios Sociales.
- Registro General de Entrada del Ayuntamiento.
También, podrán presentarse en cualquier registro u oficinas determinadas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En estos casos deberán comunicase.
TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA: (Con certificado digital, Cl@ve PIN o cuenta de correo electrónico, en los dos últimos casos, deberá firmar en el Registro municipal con posterioridad en un término máximo de 10 días naturales): Para la presentación de las solicitudes, y en cumplimiento del artículo 14 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas físicas podrán elegir en todo momento la presentación de las solicitudes por medios electrónicos o no.
La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, https://mislata.sedipualba.es/
2.- Plazo de solicitudes:
Quince días hábiles, a contar desde el inmediato día hábil siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria (del 1 al 23 de octubre de 2026).
La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido será causa de inadmisión.
Más información en las bases reguladoras y documentación de la convocatoria.


