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  1. Inicio

Punto de Encuentro Familiar

Enviado por admin el Mié, 17/01/2024 - 10:05
Ubicacion
Plaza Vicentica la Serrana, 1 bajo izquierda
Telefono
963137270
Cuerpo

El punto de encuentro familiar es un servicio específico que presta temporalmente atención profesional especializada para facilitar que los niños, las niñas y los adolescentes puedan mantener relaciones con sus familiares o personas allegadas durante los procesos y las situaciones de separación, divorcio, protección de infancia y adolescencia u otros supuestos de interrupción de la convivencia familiar (art 24 de la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la Infancia y la adolescencia (DOGV núm. 8450 de 24 de diciembre de 2018)).

 

Los puntos de encuentro familiar tienen como principios rectores de actuación los siguientes:

  • El interés superior del niño, la niña o el adolescente, que debe prevalecer respecto de cualquier otro concurrente, dando prioridad a su bienestar y seguridad.
  • La neutralidad. La intervención se debe fundamentar en elementos objetivos y debe respetar la igualdad de las partes.
  • La confidencialidad de los datos de carácter personal, salvo aquellas que se deben comunicar al órgano derivante.
  • La subsidiariedad, interviniendo solo cuando sea el único medio posible para facilitar las relaciones entre el niño, la niña y el adolescente y su familia.
  • La responsabilidad parental. Las actuaciones deben dar apoyo, pero no deben sustituir la responsabilidad de las personas progenitoras, u otros miembros de la familia, para que las relaciones objeto de intervención se desarrollen de forma beneficiosa para el niño, la niña o el adolescente.
  • La interdisciplinariedad, basada en la actividad complementaria y conjunta de profesionales de disciplinas diferentes.
  • La eficacia y la eficiencia, llevando a cabo las intervenciones más adecuadas para la consecución de su objetivo con el menor número de recursos posibles.
  • La calidad, cumpliendo los estándares que se establezcan para garantizarla.
  • Todos los puntos de encuentro familiar deben ser accesibles tanto para los niños y las niñas que sufran alguna diversidad como para sus familiares; para ello se deben basar en las normativas de accesibilidad universal.

 

Personas beneficiarias y usuarias del punto de encuentro familiar

Las personas beneficiarias de los puntos de encuentro familiar son las niñas, los niños o los adolescentes, así como las personas mayores de edad con capacidad judicialmente modificada sujetas a la patria potestad prorrogada, cuyas relaciones familiares se deban facilitar mediante este recurso, de acuerdo con una resolución judicial o administrativa.

Las personas usuarias son las personas familiares y afines que tengan establecido el ejercicio del régimen de visitas en un punto de encuentro familiar.

Procedimiento de coordinación de actuaciones entre la Generalitat y las entidades que participan con la Generalitat en la Red de Puntos de Encuentro Familiar de la Comunitat Valenciana.

 

Imatges
ARCHIVOS
Folleto Informativo Punto de Encuentro Familiar
Puntos de Encuentro Familiar en la Comunidad Valenciana

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