1. El objeto del procedimiento:
Escoleta de Navidad. Solicitudes: del 24 al 30 de noviembre
- Fechas: 26, 29 y 30 de diciembre de 2025 y 2 de enero de 2026
- Horario: de 8 a 14 h.
- Lugar: CEIP Amadeo Tortajada (Calle Felipe Bellver, 37)
- Edad: de 3 a 16 años.
PLAZAS LIMITADAS: tendrán prioridad las unidades familiares con necesidades especiales de conciliación y/o inclusión.
2. Documentación que hay que aportar:
- Cartilla de la Seguridad Social o documentación necesaria para recibir asistencia médica. (SIP)
- Documentación que acredito el cumplimiento de requisitos de prioridad establecidos por la convocatoria del plan corresponsables:
- Familias monoparentales y monomarentales.
- Familia numerosa
- Mujeres víctimas de violencia de género y de otras formas de violencia contra las mujeres.
- Personas con discapacidad.
- Personas en riesgo de exclusión social.
- Unidades familiares en las que existan otras responsabilidades relacionadas con los cuidados.
- Personas solicitantes de asilo internacional o con estatuto de refugiado/a.
3. Tasas o precios públicos: 0€
4. Formas de pago: no hay
Actividad gratuita, subvencionada para el desarrollo del “Plan Corresponsables – Mislata Concilia”.
5. Normativa:
DECRETO 120/2025, de 26 de agosto, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones a los ayuntamientos y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana para el desarrollo de los proyectos de servicios de cuidados profesionalizados para facilitar la conciliación de familias con personas menores a cargo de hasta 16 años y fomento del empleo en este sector profesional y formación y sensibilización para impulsar modelos de masculinidades igualitarias y la corresponsabilidad (Plan Corresponsables 2025).
6. Resolución:
Del lunes 24 al domingo 30 de noviembre , a través de la web del ayuntamiento de www.mislata.es
7. Silencio administrativo:
Artículo 25.5 de la LGS “El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención”.
8. Forma de presentación:
Tramitación electrónica. En cumplimiento del que se prevé en el artículo 12 del Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consejo, por el cual se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunidad Valenciana, las solicitudes se tendrán que presentar por vía telemática, mediante la firma electrónica propia de la entidad solicitante o de la persona que la represento. La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, https://mislata.sedipualba.es/
Sin embargo, podrán presentarse en el Registro de Entrada del Ayuntamiento y en cualquier de los registros establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
