1. Objeto del procedimiento:
Las Escuelas de Acogida forman parte del Programa Gratuito y Voluntario de la Generalitat Valencia y se imparten con la finalidad de dar a conocer a las personas migrantes mayores de 18 años la cultura, lengua y comportamientos básicos exigidos por la comunidad de ciudadanos y las leyes.
La Escuela de Acogida garantiza a los nuevos ciudadanos el conocimiento de los valores y reglas de convivencia democrática, los derechos y deberes, la estructura política y los idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana.
En fecha 20 de mayo de 2025 entró en vigor el Real Decreto 1155/2024 de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Estableciendo en su artículo 127 los requisitos formativos que el actual temario de Escuelas de Acogida no abarca en su totalidad, siendo valorables en la tramitación del informe de integración social. Este informe resulta necesario para la presentación de una solicitud de residencia por las circunstancias excepcionales de arraigo familiar sin vínculos familiares y de arraigo socioformativo.
El curso tiene una duración total de 40 horas y a su finalización, la persona obtiene un Certificado útil y valorable para los procedimientos de Arraigo contemplados en la legislación vigente.
El curso se estructura y se compone de los siguientes bloques temáticos:
- BLOQUE I: Conocimientos básicos de lengua castellana y valenciana.
- BLOQUE II: Geografía e historia de España y la Comunitat Valenciana.
- BLOQUE III: Legislación básica.
- BLOQUE IV: Información práctica: extranjería, empleo, vivienda, cobertura sanitaria e igualdad.
2. Documentación que hay que aportar:
La persona interesada deberá presentar la solicitud de inscripción acompañada de la siguiente documentación:
- NIE/Pasaporte (original) y en vigor.
3. Tasas o precios públicos: 0 €
4. Formas de pago: Actividad gratuita.
5. Normativa:
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- Real Decreto 1155/2024 de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- Ley 3/2019, de 18 de febrero, de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunidad Valenciana.
- Ley 15/2008, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de Integración de las Personas Inmigrantes en la Comunitat Valenciana.
- Decreto 93/2009, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 15/2008, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de Integración de las Personas Inmigrantes.
6. Resolución:
La matrícula en los cursos seguirá el orden del registro de entrada.
La presentación de la ficha de inscripción supondrá la reserva de plaza en el curso.
La admisión en el curso se notificará mediante resolución a la persona interesada.
Para agilizar el proceso de confirmación, las personas que resulten admitidas serán contactadas (preferiblemente por correo electrónico) en las semanas previas al inicio del curso.
Una vez cumplido el aforo del curso (25 plazas) se elaborará LISTA DE ESPERA conformo a orden de registro de entrada. En caso de vacantes o anulaciones, se contactará con las personas que formen parte de la lista de espera hasta cubrir de nuevo el aforo permitido.
Se permitirá un máximo de tres faltas sin justificar al curso. Más de tres faltas sin justificación serán motivo de anulación de matrícula, por lo que la persona perderá la plaza en el mismo.
7. Forma de presentación:
1. Lugar y forma de presentación:
TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA: (Con certificado digital, Cl@ve PIN o cuenta de correo electrónico, en los dos últimos casos, deberá firmar en el Registro municipal con posterioridad en un término máximo de 10 días naturales, sin cita previa): Para la presentación de las solicitudes, y en cumplimiento del artículo 14 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas físicas podrán elegir en todo momento la presentación de las solicitudes por medios electrónicos o no. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo:
- Las personas jurídicas.
- Las entidades sin personalidad jurídica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria.
- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, https://mislata.sedipualba.es/.
PRESENCIALMENTE: Las solicitudes acompañadas de la documentación preceptiva se presentarán, PREVIA CITA en:
- Registro Centro Municipal de Servicios Sociales “Maestro Palau” (C/ Maestro Palau, 15 bajo).
- Registro General del Ayuntamiento (Plaza de la Constitución nº 8)
2. Plazo de solicitudes: El plazo de presentación de la inscripción será:
- Del 01 al 22 de Octubre de 2026 (ambos inclusive)
REQUISITOS DE LA INSTANCIA
- La instancia deberá ser firmada.
- Permite interesados que sean personas físicas.
- Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física.
8. Impartición del curso:
- BLOQUES I y IV: del 16 de Noviembre al 23 de Noviembre de 2026 (ambos inclusive): en horario de 10.00 a 13.00 horas (LUNES A VIERNES) AULA APRENDE CENTRO CULTURAL LA FÁBRICA.
- BLOQUES II y III: del 16 de Diciembre al 23 de Diciembre de 2026 (ambos inclusive): en horario de 9.30 a 13.00 horas (LUNES A VIERNES) AULA APRENDE CENTRO CULTURAL LA FÁBRICA.

