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  4. Becas de formación para estudiantes "MISLATA TE BECA"
Enviado por admin el Lun, 02/06/2025 - 12:40
Becas de formación para estudiantes "MISLATA TE BECA"
Resumen

Plazo de presentación de solicitudes: pendiente de publicación del extracto de la convocatoria

Tipo Tablón
Formación
Fecha
02 Junio 2025
Cuerpo

BECAS DEL AYUNTAMIENTO DE MISLATA DE FORMACIÓN PARA ESTUDIANTES “MISLATA TE BECA”

 

Objeto y número de becas

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de hasta un máximo de quince (15) becas de prácticas formativas, destinadas a estudiantes de las enseñanzas oficiales y que cumplan los requisitos indicados en la base tercera de esta convocatoria, para su formación en el ámbito local por medio de la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos a lo largo del curso académico, en aquellas especialidades de interés para ésta entidad local que figuran en el Anexo I de estas Bases.

 

Características y duración de las becas

  • Tipo de contrato: formación.
  • Duración máxima: dos meses, julio y agosto.
  • Jornada laboral máxima: 20 horas máximo.
  • Importe a percibir: 500 euros brutos mensuales

En aquellos supuestos que impliquen un periodo inferior al mes natural, el importe de la beca se corresponderá con la parte proporcional correspondiente. El personal becario que no asista al centro de trabajo donde desarrolle sus prácticas formativas tendrá una reducción económica equivalente a los días de ausencia del mismo, excepto que sea por causa debidamente justificada, a cuyo efecto aportará la pertinente acreditación. El personal becario no tendrá derecho a vacaciones ni a días por asuntos propios.

La duración mínima de la beca será de 15 días. No pudiendo superar los 5 días hábiles de falta sin justificar en toda la duración de la beca, o de compensación por no asistencia, salvo que sea por razones del Servicio.

Si la persona becaria decidiese no continuar con la beca deberá preavisar al Ayuntamiento con una antelación mínima de 7 días naturales a través de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante LPAC). Obligatoriamente, deberá presentar la memoria de actividades aprobada por el o la tutora antes de la finalización de la beca o de la renuncia.

En el caso de renuncia, salvo que sea por motivos de trabajo con contrato laboral o por causa de fuerza mayor debidamente justificada, no podrán disfrutar de beca igual o similar en este Ayuntamiento, durante los próximos 2 años.

 

Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

Plazo de presentación de solicitudes: 10 días naturales (pendiente de publicación del extracto de la convocatoria).

Registro de las solicitudes: Las solicitudes deberán presentarse, preferentemente, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Mislata.

Información y tramitación: Oficina Virtual (pendiente de activación)

Más información en las bases y documentación de la convocatoria

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