Plazo de presentación de solicitudes: pendiente de publicación del extracto de la convocatoria en el BOP
BECAS DE ESCUELAS INFANTILES JULIO 2025
OBJETO
Es objeto de la presente convocatoria, la concesión de becas de Escuelas Infantiles (E.I.) durante mes de julio de 2025, en régimen de concurrencia competitiva.
Las Becas de Escuelas infantiles (E.I.) van dirigidas a niños/as de 0 a 3 años de edad (nacidos/as entre los años 2025 y 2022) matriculados/as o con reserva de plaza en éstas para el mes de julio de 2025.
La mensualidad de la escuela infantil no deberá estar subvencionada al 100% por otro organismo.
Tendrán que disponer de una plaza reservada en una escuela infantil autorizada por la Generalitat Valenciana (GVA), para el mes de julio de 2025, y cuya finalidad sea costear una parte o la totalidad de la mensualidad.
El periodo de la ayuda para las escuelas infantiles cubrirá la mensualidad de julio de 2025, siempre y cuando, cumplan los requisitos establecidos.
Se podrá solicitar en horario sólo de mañana o de mañana y tarde. Según el tipo de jornada solicitada, se subvencionará un porcentaje dependiendo del coste de la mensualidad de cada escuela infantil (E.I.), teniendo fijada una cuantía máxima para cada horario.
Queda excluido de la presente convocatoria el servicio de comedor.
PERSONAS BENEFICIARIAS
Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas de E.I., las familias con hijos/as menores de 3 años (nacidos/as en 2022 o en adelante), que estén matriculados/as o tengan reservada plaza en una E.I. autorizada por la GVA y no esté subvencionada al 100 %.
Atendiendo a la naturaleza de la ayuda objeto de esta convocatoria y a la finalidad que es garantizar la atención adecuada de los/as niños y niñas en situación de vulnerabilidad y/o exclusión social que cursan el primer ciclo de Educación Infantil, se establece la excepción del cumplimiento de las condiciones de las personas beneficiarias, que establece el artículo 13.2 de
Dicha excepción se encuentra recogida en la Disposición transitoria novena de la Ley 1/2015 de 6 de febrero de la Hacienda Pública.
PLAZO Y LUGAR DE SOLICITUD
Plazo de presentación de solicitudes: 15 naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Información y tramitación del procedimiento: Oficina Virtual.
Tramitación presencial (requiere cita previa):
- Centro Municipal de Servicios Sociales “Sant Francesc” (Camino Viejo de Xirivella, 30 esquina con C/ San Francisco de Asís 13).
- Registro General de Entrada del Ayuntamiento (ubicación temporal en la C/ Mayor, 36).
También, podrán presentarse en cualquier registro u oficinas determinadas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En estos casos deberán comunicarse.
Tramitación electrónica: (Con certificado digital, Cl@ve PIN o cuenta de correo electrónico, en los dos últimos casos, deberá firmar en el Registro municipal con posterioridad en un término máximo de 10 días naturales): Para la presentación de las solicitudes, y en cumplimiento del artículo 14 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas físicas podrán elegir en todo momento la presentación de las solicitudes por medios electrónicos o no.
La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, https://mislata.sedipualba.es/
Más información en las bases reguladoras y documentación de la convocatoria.